A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Martinez Garcia Jaime Orlando·Respondent Municipio De Floridablanca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 004 Administrativo de Bucaramanga y el Juzgado 003 Civil del Circuito de la misma ciudad, suscitado por una acción popular instaurada por un ciudadano, contra el municipio de Floridablanca, con el fin de que se declare la responsabilidad del ente territorial y/o propietarios de la piscina ubicada en la unidad residencial Cañaveral Campestre 1 ET.
P.H. por la vulneración de derechos colectivos de personas con discapacidad motriz, por considerar que, la piscina del conjunto residencial Cañaveral Campestre 1 ET.
P.H. carece de rampas de acceso, y otros elementos, que faciliten el ingreso y salida de personas con movilidad reducida o en situación de discapacidad, por lo que solicita su solución.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena señala que la acción popular se presentó directamente contra el municipio de Floridablanca, al cual el actor atribuye una omisión en sus deberes de vigilancia y, solicitó que se declare responsable a la propiedad horizontal y que se ordene, a la que corresponda, ejecutar todas las obras civiles necesarias para restituir los derechos colectivos que cree vulnerados.
La omisión atribuida a esta entidad pública compromete el ejercicio de funciones de vigilancia y control previstas en las leyes 361/97 y 1209/08, y las competencias establecidas en la Ley 1618/13, orientadas a garantizar el goce efectivo de derechos de personas con discapacidad, lo que activa la competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en reiteración del Auto 288/24, con sustento en el artículo 15 de la Ley 472/98.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 004 Administrativo de Bucaramanga y el Juzgado 003 Civil del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 004 Administrativo de Bucaramanga es la autoridad competente para conocer de la acción popular presentada por Jaime Orlando Martínez García.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6837 al Juzgado 004 Administrativo de Bucaramanga para que proceda conforme a lo previsto por la presente providencia y para que comunique esta decisión al Juzgado 003 Civil del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en el presente trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.